MONOTRIBUTO
ANTECEDENTES Y ACTIVIDAD DESPLEGADA POR EL COLEGIO DE ABOGADOS DE ROSARIO
. Desde que se tuvo noticias de la sanción de la ley 24.977
se comenzaron las gestiones.
1.Así durante el mes de setiembre se fueron
recibiendo los dictámenes solicitados al Instituto de Derecho
Tributario, (24.09.98; 03.10.98;19.1098)
2. En forma coincidente se realizaron reuniones
con el mismo Instituto y el de Derecho Público y se recabaron
opiniones de Jueces de Cámara y especialistas sobre el
particular.
Como resultado de las mismas aparecían dos aspectos sustanciales
cuestionados. Uno la legitimación del Colegio de Abogados para
una acción de amparo, y otro - si se superara ese óbice- la
relación jurídica tributaria es una exigencia para los
habitantes de la Nación y no por su carácter de profesional.
3. En publicaciones periodísticas y entrevistas
radiales y televisivas se expresó la inconveniencia del sistema
que genera una inequidad entre profesionales que desarrollan
igual tarea en relación a quienes deben sufragar los honorarios
profesionales. También debe consignarse que hubo colegas que se
manifestaron conformes con adherir al monotributo por su
situación.
4. Se remitieron cartas documentos a Presidencia
de la Nación, Ministerio de Economía y a la Administración
Federal de Ingresos públicos manifestando el rechazo de
normativa terciaria que desnaturaliza la ley y exigiendo
postergación.
5. El Colegio de Abogados el 14 de octubre
publicó una solicitada donde fijó su posición consistente en:
a) Postergación de la entrada en vigencia y b) la derogación de
toda norma que no se ajuste a Derecho, con especial referencia a
la Resolución 211 (AFIP)
6. Sin perjuicio de otras acciones, apenas se
contó con información suficiente se afectó al Contador Pablo
Moyano, del Colegio de Abogados para la asistencia en todas las
consultas que desearan formular los colegiados. Hasta el presente
se han interesado en consultar más de doscientos cincuenta
profesionales.
7. Se sucedieron rondas de consultas entre los
distintos Colegios Profesionales que continúan hasta el presente
para compartir cursos de acción que se fueron dando
-sustancialmente- en igual sentido, con independencia de los
medios utilizados por cada Institución.
8. Se efectuó presentación ante la Federación
Argentina de Colegios de Abogados instando la participación de
la misma, y que se concretara con presentaciones que efectuaron
solicitando prórroga de 180 días, plazo en el cual se debería
discutir las normas lesivas.
9. Se encomendó al colegiado Dr. Tadeo Boselli
quien se desempeña como apoderado de otros Colegios
Profesionales llevar la representación oficiosa del Colegio de
Abogados ante el Defensor del Pueblo de la Nación quien dictó
una Resolución "recomendando a la AFIP la prórroga den la
entrada en vigencia del monotributo para profesionales hasta el
31.12.98".
10. Se mantuvo información constante con el
Colegio Público de Abogados de Capital Federal, Colegio de
Abogados de Córdoba y Colegio de Abogados de la Provincia de
Buenos Aires, quienes también habían desplegado acciones
similares a las efectuada por el Colegio de Abogados de Rosario.
En ningún caso existió presentación judicial institucional
sobre el tema.
11. Se compartieron -haciéndolo saber
oficialmente- los fundamentos de los dos proyectos de ley que
consisten en la modificación de la ley 24.977 con especial
referencia a la situación de los profesionales.
12. Se solicitó a la FACA y se obtuvo modelo de
demanda tipo declarativa de inconstitucionalidad sobre el
particular para consideración de los colegiados.
SOLICITADA
EL MONOTRIBUTO ¿REGIMEN SIMPLIFICADO?
El Colegio de Abogados de Rosario reitera que los
recursos tributarios deben ser satisfechos por los contribuyentes
con Justicia y Equidad.
La ley 24.977 de monotributo involucra, entre otros sectores, a
los profesionales. La mutilación del texto original en la
promulgación por el P.E.N. alteró su espíritu y unidad
normativa, conspirando contra lo dispuesto por el art. 80 CN. Su
posterior reglamentación por decreto y resolución de la AFIP le
introdujo nuevos cambios, violando el orden de jerarquía
normativa previsto por los arts. 1º y 31 de la Constitución
Nacional, afectando garantías constitucionales de igualdad y
equidad (art. 16 CN), legalidad (art. 19 CN) y razonabilidad
(art. 28 CN).
Avasalla las autonomías provinciales violando la garantía
federal y poderes no delegados (arts. 4, 75 inc.2 y 121 CN) y al
imponerse este gravamen sin tenerse en cuenta la capacidad
contributiva y por el solo hecho de etar matriculado, se ataca a
la colegiación legal afectándose a los Colegios, Consejos y
Cajas amparados en su funcionamiento por la Constitución
Nacional (art. 121 CN).
Por ello exige de las autoridades:
LA POSTERGACION DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL REGIMEN DEL MONOTRIBUTO A FIN DE POSIBILITAR EL NECESARIO DEBATE Y ANALISIS.
LA DEROGACION DE SUS NORMAS (ESPECIALMENTE LA RESOLUCION 211 DEL 28/09/98 AFIP) PARA REEMPLAZARLAS POR OTRAS QUE COMPATIBILICEN EL ORDEN CONSTITUCIONAL Y DEMOCRATICO, AJUSTADAS A DERECHO.
DIPUTADOS DIO MEDIA SANCION A UNA LEY CORRECTIVA
Según el proyecto, podrán mantenerse como responsables no inscriptos en el IVA quienes facturen menos de $ 36.000.
En su art. 2 el proyecto indica que quienes hayan optado por el monotributo "podrán rectificar dentro de los 30 días de publicada esta ley, la opción efectuada, la que transcurrido dicho plazo quedará firme". Asimismo, el mismo artículo establece que quienes no optaron por el monotributo y tampoco se inscribieron en el IVA como responsables inscriptos, no tendrán sanción alguna por ese motivo, aunque subsisten las demás obligaciones emergentes de su actual condición en relación al IVA. Lo que el proyecto no aclara es si se van a equiparar las facturas de los profesionales monotributistas con las del resto de los profesionales.
El día jueves 29 de octubre de 1998 el diario LA CAPITAL de nuestra ciudad publicó lo siguiente: "Los profesionales ayer obtuvieron su primera victoria en la guerra entablada contra el MONOTRIBUTO, en torno a algunos artículos controvertidos de la ley y sus reglamentaciones posteriores. ...".La novedad cambia el panorama de quienes a traves de las distintas entidades que los nuclean habían anunciado la realización de diversas manifestaciones de protesta."
El Colegio de Abogados de Rosario realizará una asamblea sobre las acciones realizadas en torno al MONOTRIBUTO, que se llevará a cabo a las 11hs. del 29/10/98 en la Casa del Foro Oroño 1542.