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En cuanto a su simbolismo, se le atribuye el siguiente:
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Historia
El primer navegante que avistó la costa entrerriana fue D. Sebastian Gabotto al descubrir el río Paraná a fines de 1527.
Cuando el primer Adelantado D. Pedro de Mendoza firmó sus capitulaciones con el Rey de España, se le atribuyó una jurisdicción que se extendía desde Asunción a Buenos Aires, y en la cual, por lo tanto, estaba incluido el territorio que, ahora, corresponde a la Provincia de Entre Ríos.
Dicho territorio quedó incluido en la gobernación del Río de la Plata en virtud de la Cédula Real del 16 de diciembre de 1617, que subdividió la gobernación originariamente otorgada a Pedro de Mendoza.
El virreinato del Río de la Plata, creado por Cédula Real del 1° de agosto de 1776, fue organizado administrativamente de acuerdo con la Real Ordenanza de Intendentes del 28 de Febrero de 1782 en ocho Gobernaciones-Intendencias. A una de ellas, la de Buenos Aires, correspondió la región de Entre Ríos, aunque sin ser nombrada expresamente de este modo. Su denominación se atribuye al teniente coronel D. Tomás de Rocamora quien, en un informe del 11 de agosto de 1782 que dirigió al virrey D. Juan José de Vertiz y Salcedo, expresaba: .......asegúrese V. E. que ejecutado como planteo, antes de muchos años, será la de Entre Ríos [..] la mejor Provincia de esta América.
Se considera el origen de su actual capital, la ciudad de Paraná, un caserío sobre el río homónimo, que era conocido con la denominación de La Bajada del Paraná, al que se le ha atribuido como fecha de fundación la del 23 de octubre de 1730, oportunidad en que el Cabildo Eclesiástico de Buenos Aires dispuso la erección de una parroquia en ese lugar.
El 10 de setiembre de 1814, el Director Supremo del Estado, D. Gervasio A. de Posadas, dispuso separar de la Gobernación Intendencia de Buenos Aires a Entre Ríos y a Corrientes, erigiéndolas en Gobernaciones Intendencias con sus propios titulares y fijando sus jurisdicciones.
Tras la disolución del Directorio y la desaparición del gobierno central y después de vencer a D. José Gervasio de Artigas en las Tunas, el caudillo entrerriano, D. Francisco Ramirez, se impuso en Corrientes y en Misiones y proclamó la "República de Entre Ríos", en 1820. Su duración fue efímera, pues derrotado y muerto el caudillo el 10 de julio de 1821, Corrientes y Entre Ríos recuperaron su individualidad de provincias, el 26 de noviembre siguiente.
Su heráldica
Entre Ríos usó el Escudo Nacional surgido del Sello que se diera la Soberana Asamblea General Constituyente de 1813.
Durante la breve existencia de la "república de Entre Ríos", su creador el "Supremo Entrerriano", D. Francisco Ramirez, instituyó, para uso en la documentación, dos sellos que Saraví califica de legendarios escudos, uno con la "pluma de ñandú" puesta en pal, que en opinión de este autor, simbolizaba "autonomía y libertad" y el otro con la "balanza", con uno de sus platillos inclinados a la siniestra, y una "lanza" con su punta invertida y puesta en banda como emblema de "justicia y paz".
Tanta importancia dio Ramirez a los signos heráldicos de sus sellos, que en el artículo 46 del Reglamento General de sus Reglamentos para el orden interno de los Departamentos de la República determinó que "Todo el que falseara el sello de la República, [...] será tenido por infame y castigado con la última pena.
Su propio escudo de armas le fue dado por la Ley Provincial del 12 de marzo de 1822, inspirada por el diputado D. Casiano Calderón, quien fue, tambien, autor del diseño aprobado. Dicha Ley determinó que: Ningún particular tiene derecho para dar sellos ni acordar distintivos en la Provincia, sin el Congreso. Son en consecuencia incompetentes todos los que se han introducido hasta el presente. El sello de la provincia será en adelante un escudo ovalado y formado con un cordón por el canto. La división la harán dos manos entrelazadas. En el superior, de menor extensión, habrá un sol de oro con campo verde. Por encima de él se leerá esta inscripción distribuida del mismo modo "Unión Libertad y Fuerza".
El escudo no sufrió variantes hasta el año 1837 en el que se dio cumplimiento a la ley del 16 de marzo de 1836, que había dispuesto cambiar en el cuartel inferior la palabra UNION por FEDERACION.
Con el correr del tiempo, debido a que se lo reproducía con alteraciones, se produjo una verdadera anarquía en la representación del escudo. En 1939, el Gobierno de Entre Ríos encomendó un trabajo de investigación al director del Archivo Histórico de Entre Ríos, D. Guillermo Saraví, quien hizo un meditado estudio que posibilitó restablecer su verdadera imagen, determinar sus elementos heráldicos y efectuar una ajustada interpretación de su simbolismo. En 1947, un proyecto de Ley sobre la base de ese trabajo, no obtuvo sanción.
Finalmente, teniendo en cuenta otro trabajo presentado por el director del Museo Histórico de Entre Ríos Matiniano Leguizamón tomando como base, en parte, el del señor Saraví, se dictó la Ley provincial N°4676 del 23 de octubre de 1967, que hizo su descripción en la forma siguiente
Art. 1°. El escudo de Armas de la Provincia estará constituido por un campo en forma de elipse: tendrá por bordura un cordón de plata y por dentro de ésta, dos ramos de laurel formando orla, que se cruzarán en el extremo inferior y se unirán en el superior. El campo de la elipse se dividirá horizontalmente en dos cuarteles irregulares. La división la harán dos brazos movientes y desnudos que arrancarán de los flancos del centro, desde la bordura con manos "encajadas" y con una elevación de 15 grados sobre el diámetro horizontal. En el centro del cuartel superior, de menor extensión, habrá una estrella de plata, de cinco picos (puntas) en campo grana (gules) con esta inscripción en caracteres romanos, de plata surmontados formando arco: PROVINCIA DE ENTRE RIOS. En el centro del cuartel superior, de mayor extensión, habrá un sol de oro con ocho rayos rectos y ocho ondeantes (flamígeros), alternados en campo verde (simple) con el lema: FEDERACION, LIBERTAD Y FUERZA, "surmontado", formando arco, en caracteres romanos de oro.
A cada extremo de los diámetros del círculo solar, que se cortan perpendicularmente, corresponde un rayo recto.
Art. 2°. El eje principal de la elipse pasará por el vértice superior y el inferior de la estrella de plata, por los vértices de los dos rayos rectos, perpendiculares del sol y por el medio en que se cruzan los dos ramos de laureles, en la parte inferior del campo de la elipse.
Art. 3°. Las hojas de los ramos de laureles se distribuirán del siguiente modo: ramo izquierdo, 17 hojas en el lado exterior y 15 hojas en el lado interior. Los frutos intercalados en los ramos totalizan el número de 9, cinco(5) en el ramo derecho y cuatro(4) en el ramo izquierdo.
Art. 4°. La razón de los ejes de la elipse será de 7/5 dentro del campo delimitado por el cordón de plata.
Art. 5°. Los elementos geométricos de la estrella de plata responderán a las relaciones dadas por las siguientes razones.
a/c=7/2 ; a/f=14/3 ; g/f=11/10
los elementos geométricos del sol responderán a las relaciones dadas por las siguientes razones:
a/d=7/2 ; a/e=7/3 ; g/f=11/10
Art. 6°. Las letras usadas en las relaciones del art.5° tienen los siguientes significados: A) = Diámetro mayor de la elipse; B) = Diámetro menor de la elipse; C) = Diámetro de la circunferencia circunscripta a la estrella; D) Diámetro de la circunferencia circunscripta a los rayos del sol; E) = Diámetro circunferencia cara del sol; F)= Distancia centro de la elipse a la de la circunferencia de la estrella; G) Distancia centro de la elipse a la de la circunferencia del sol.
Art. 7°. En las impresiones que se hagan del Escudo a una sola tinta, la plata estará representada por el campo en blanco; el oro por un punteado fino y regular, el "gules", por lineas rectas verticales o en "palo" y el "sinople" por lineas rectas diagonales, de diestra a siniestra o en "banda".
Art. 8°. En la Sala de los Gobernadores de la Casa de Gobierno, se colocará el Patrón del Estado de Armas de la Provincia, construido especialmente con el material más adecuado. Una réplica del mismo, se exhibirá en el Museo Histórico de Entre Ríos Martiniano Leguizamón.